La decisión reunió exactamente los cinco votos exigidos y Rivas fue uno de ellos. Pero archivar o rechazar es lo que el Jurado resuelve cuando la otra opción no reúne la mayoría: lo hizo en la S.D. 27/2020 y en el A.I. 622/2021, con empates de cuatro a cuatro.
«A su turno los miembros el vicepresidente Jorge Bogarín Alfonso, Mónica Seifart de Martínez, Henan David Rivas y el presidente Fernando Silva Faceti; se adhirieron al voto del miembro Manuel D. Ramírez Candia.»Texto de la resolución, página 2
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Manuel Ramírez CandiaMiembro |
cancelar el enjuiciamiento del ex juez Geraldino Cazal Arguello (ya no reúne la calidad de sujeto enjuiciable) | — | 1 |
Jorge Bogarín AlfonsoVicepresidente |
cancelación | Manuel Ramírez Candia | 2 |
Mónica Seifart de MartínezMiembro |
cancelación | Manuel Ramírez Candia | 2 |
Hernán David RivasMiembro |
cancelación | Manuel Ramírez Candia | 2 |
Fernando Silva FacettiPresidente |
cancelación | Manuel Ramírez Candia | 2 |
Abgs. GERALDINO CAZAL ARGUELLO, Juez Penal de Garantias de la Ciudad de Alberdi, Circunscripción Judicial de Ñeembucu, y MARIA ANGELICA ACOSTA BJASSO, Agente Fiscal de la Unidad Penal N° 01 de la ciudad de Alberdi, Sede Fiscal del Departamento de Ñeembucu s/ Enjuiciamiento
Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.
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