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Unánime · A.I. 642/2021

Norma Elizabeth Salomon Marin, jueza Penal de Garantías N° 01

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 21 de septiembre de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Siete con otra postura, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
propia · neg ——
Rodrigo Daniel Blanco Amarilla
Miembro
adhiere · neg Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Luis María Benítez Riera
Miembro
propia ——
Enrique Fausto Bacchetta Chiriani
Miembro
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia, Rodrigo Daniel Blanco Amarilla, Luis María Benítez Riera—
Mónica María Seifart de Martínez
Miembro
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia, Rodrigo Daniel Blanco Amarilla, Luis María Benítez Riera—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia, Rodrigo Daniel Blanco Amarilla, Luis María Benítez Riera—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Vicepresidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia, Rodrigo Daniel Blanco Amarilla, Luis María Benítez Riera—

La resolución

Gloria Rossana Rivas López c/ Abg. NORMA ELIZABETH SALOMON MARIN, Jueza Penal de Garantías N° 01 de la ciudad de Capiatá, Circunscripción Judicial de Central s/ Denuncia.