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Unánime · A.I. 04/2022

Ana Girala, agente Fiscal

La decisión reunió ocho de ocho votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 1 de febrero de 2022 Votos coincidentes con lo resuelto 8 de 8 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 169/2020

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La causa 169/2020 se formó en 2020, con la Ley 3759 vigente. Por el art. 48 de la Ley 6814, los expedientes formados antes siguen tramitándose con la ley anterior.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Ocho con otra postura, sobre ocho miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió ocho de ocho votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Mónica María Seifart de Martínez
Vicepresidente
propia ——
Enrique Fausto Bacchetta Chiriani
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Luis María Benítez Riera
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Fernando Alberto Silva Facetti
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Rodrigo Daniel Blanco Amarilla
Vicepresidente
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Presidente
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—

La resolución

Abg. Zunilda E. Santander Paredes c/ Abg. ANA GIRALA, Agente Fiscal de la Unidad Penal N.º 01 de la ciudad de San Lorenzo, Sede Fiscal del Departamento Central s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 169/2020

Todo lo que hay sobre esta causa

Sesiones en que se trató 2

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.