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Unánime · A.I. 220/2022

Elva Caceres Samudio, agente Fiscal

La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 24 de mayo de 2022 Votos coincidentes con lo resuelto 6 de 6 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 32/2015

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La causa 32/2015 se formó en 2015, con la Ley 3759 vigente. Por el art. 48 de la Ley 6814, los expedientes formados antes siguen tramitándose con la ley anterior.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Seis con otra postura, sobre seis miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
propia ——
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Fernando Alberto Silva Facetti
Miembro
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Mónica María Seifart de Martínez
Vicepresidenta
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Rodrigo Daniel Blanco Amarilla
Vicepresidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Presidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—

La resolución

Cesar Augusto Quevedo Iznardi c/ Abgs. ELVA CACERES SAMUDIO, Agente Fiscal de la Unidad N° 05 Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico, Sede I de la Capital; YSAAC FERREIRA, Agente Fiscal de la Unidad N° 02 Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico, Sede I de la Capital, y VALERIANA FERREIRA, Agente Fiscal de la Unidad N° 06 del Narcotráfico, Transición y Ejecución de la Fiscalía Regional de la ciudad de Pedro Juan Caballero, Departamento de Amambay s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 32/2015

Todo lo que hay sobre esta causa

Sesiones en que se trató 3

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.