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Proyecto o dictamen

A.I. - Agente Fiscal Artemio Ruben Lial Espinoza

Procedencia entregado por el JEM por acceso a la información pública Publicado por AbogadoMau.com

Texto

Causa Nº 319/2019: ‘Teresita Fernández c / Abg. ARTEMIO RUBEN LIAL ESPINOZA, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº 09 de la ciudad de Encarnación, Sede Fiscal del Departamento de Itapuá s/ Acusación ’. A.I. Nº……. Asunción, 17 de noviembre de 2020 VISTO: El escrito de acusación presentado por la señora Teresita Fernández contra el Abg. ARTEMIO RUBEN LIAL ESPINOZA, Agente Fiscal de la Unidad N° 09 de la ciudad de Encarnación, Sede Fiscal del Departamento de Itapuá, con respecto a sus actuaciones en el expediente judicial caratulado: N° 4365/18 “OSCAR MARCELO TOMAS TRINIDAD CARLSON S/ VIOLENCIA FAMILIAR”, y; CONSIDERANDO: Análisis de admisibilidad de la presentación. La acusación deviene inadmisible, por no encontrarse completa la exigencia requerida en el art. 17 de la Ley Nº 3759/09, referente a la acreditación del acusador en la condición invocada, la solvencia económica, y teniendo en cuenta la verosimilitud de la gravedad de la acusación, el Jurado considero no dispensarlo en cuanto a este requisito. Análisis fáctico a los efectos del artículo 16 de la Ley N° 3759/2009: en la causa mencionada, se puede centrar la conducta del Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº 09 de la ciudad de Encarnación, Sede Fiscal del Departamento de Itapuá: Habría requerido suspensión condicional del procedimiento en detrimento de los intereses de la víctima. Habría negado el acceso a las copias integras del cuaderno de investigación fiscal. Cronología. De las constancias del expediente judicial caratulado: N° 4365/18 “OSCAR MARCELO TOMAS TRINIDAD CARLSON S/ VIOLENCIA FAMILIAR”, se destacan las siguientes actuaciones: A fs. 02 de autos, consta el Acta de Denuncia del 11 de agosto de 2018, realizada por la presunta víctima Teresita Elizabeth Fernández en sede de la Comisaria de la Policía Nacional de la zona contra el señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson. A fs. 03 de autos, consta la comunicación realizada el 13 de agosto de 2018, por parte del Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la Fiscalía Zonal de Itapuá, al juzgado penal de garantías del inicio de la investigación fiscal Nro. 4365/18. A fs. 04 de autos, consta la Nota del 21 de agosto de 2018, realizado por el Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la Fiscalía Zonal de Itapuá, remitido al Centro de Atención a Víctimas dependiente del Ministerio Público, solicitando la realización de un estudio victimológico a la señora Teresita Elizabeth Fernández, presunta víctima del hecho investigado en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 09 de autos, consta el Acta de Declaración Testimonial realizada el 26 de marzo de 2019, por la supuesta víctima Teresita Elizabeth Fernández ante la Unidad N° 09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, por el supuesto hecho de violencia familiar contra el señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson, quien es sindicado como presunto autor del hecho investigado en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 13 de autos, consta el Oficio Nro. 256 del 11 de abril de 2019, emanado del Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, dirigido al juzgado de paz de la localidad, a los efectos de requerir la aplicación de medidas de protección previstas en la Ley 5777/16, a favor de la señora Teresita Fernández, presunta víctima de los hechos investigados en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 17 de autos, consta el informe preliminar del 15 de abril de 2019, presentado por la Psicóloga del Ministerio Publico, sobre los datos obtenidos de la entrevista realizado el 04 de abril de 2019 a la señora Teresita Fernández, presunta víctima de los hechos investigados en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 18 de autos, consta el Acta de declaración indagatoria realizado el 26 de abril de 2019 al señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson, a quien se lo sindica como presunto autor de los hechos investigados en la causa penal Nro. 4365/18. A fs.67 de autos, consta el escrito de proposición de diligencias presentado por el presunto autor Oscar Marcelo Trinidad Carlson, a fin de solicitar la comparecencia de varios testigos, en prosecución a los hechos investigados en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 22 de autos, consta el informe psicológico realizado por la Psicóloga del Ministerio Publico a la señora Teresita Fernández, presunta víctima de los hechos investigados en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 25/28 de autos, consta la sustanciación de las audiencias testificales propuesto por el sindicado Oscar Marcelo Trinidad Carlson, realizados ante el Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, en prosecución a los hechos investigados en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 32 de autos, consta el requerimiento de suspensión condicional del procedimiento, presentado 13 de junio de 2019, por el Abg. Héctor Garay, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro. 09 del Área V del Ministerio Publico, a favor del señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson, en el marco del proceso penal llevado a cabo en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 34 de autos, consta el pedido de la víctima para acceder a las copias del cuaderno de investigación fiscal Nro. 4365/18. A fs. 35 de autos, consta el escrito de rectificación presentado el 30 de julio de 2019, por el Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, sobre el requerimiento de suspensión condicional del procedimiento que había solicitado el Agente Fiscal Interino Héctor Garay, en el marco del proceso penal llevado a cabo en la causa judicial Nro. 4365/18. A fs. 36 de autos, consta el Acta de Imputación Nro. 60 del 30 de agosto de 2019, formulado por el Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, contra el señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson por los hechos punibles de Violencia Familiar, previsto en el art. 229 del Código Penal, modificado por la Ley 5378/14 y por el hecho punible de Apropiación, previsto en el art. 160 del Código Penal, en concordancia con el art. 29 inc.1 del mismo cuerpo legal. Además, solicito la aplicación de medidas alternativas a la prisión. A fs. 60/ 79 de autos, consta fotocopias simple del expediente judicial caratulado Nro.49/19 “TERESITA FERNANDEZ C/ OSCAR MARCELO TOMAS TRINIDAD CARLSON S/ VIOLENCIA DOMESTICA”. A fs. 85 de autos, consta la Acusación del 04 de diciembre de 2019, formulado por el Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, contra el señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson por el hecho punible de Violencia Familiar, previsto en el art. 229 del Código Penal, modificado por la Ley 5378/14, en concordancia con el art. 29 inc.1 del mismo cuerpo legal. A fs. 90 de autos, consta la Resolución F.A.A.V Nro. 298 del 20 de diciembre de 2019, por medio del cual se resolvió rechazar la recusación planteado por Teresita Fernández contra el Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, y en consecuencia la asignación de la causa N° 4365/18 “OSCAR MARCELO TOMAS TRINIDAD CARLSON S/ VIOLENCIA FAMILIAR” a la Agente Fiscal Angelina Arriola Funes. De las compulsas del expediente judicial caratulado N° 125/19 “OSCAR MARCELO TOMAS TRINIDAD CARLSON S/ VIOLENCIA FAMILIAR”. Causa Penal N° 4365/18 se extrae lo siguiente: A fs. 01 de autos, consta el requerimiento de suspensión condicional del procedimiento, presentado 13 de junio de 2019, por el Abg. Héctor Garay, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro. 09 del Área V del Ministerio Publico, a favor del señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson, en el marco del proceso penal llevado a cabo en la causa penal Nro. 4365/18. A fs. 04 de autos, consta el acta de sustanciación de la audiencia realizado el 24 de julio de 2019, en el marco de la causa penal Nro. 4365/18, con la presencia del Abg. Héctor Garay, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro. 09 del Área V del Ministerio Publico, la defensa técnica con el imputado y la victima ante la Abg. Claudia Andrea Scappini Parzajuk, jueza penal de garantías Nro. 05 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Republica. A fs. 05 de autos, consta el escrito de rectificación presentado el 30 de julio de 2019, por el Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nro.09 de la ciudad de Encarnación de la Fiscalía Zonal de Itapuá, sobre el requerimiento de suspensión condicional del procedimiento que había solicitado el Agente Fiscal Interino Héctor Garay, en el marco del proceso penal llevado a cabo en la causa judicial Nro. 4365/18. Conforme a la plataforma fáctica extractada, se observa que la causa penal se inició mediante una denuncia realizada por la presunta víctima, Teresita Fernández, en sede de la Comisaría local sobre un supuesto hecho punible de violencia familiar y apropiación, ocurrido el 11 agosto de 2018, sindicado como autor a su pareja sentimental Oscar Marcelo Trinidad Carlson. Así, recepcionada la denuncia policial en sede del Ministerio Público, el agente fiscal comunicó al juzgado penal de garantías el inicio de la investigación fiscal N° 4365/18 “OSCAR MARCELO TOMAS TRINIDAD CARLSON S/ VIOLENCIA FAMILIAR”. Como primera diligencia investigativa, se constató el pedido al Centro de Atención a Víctimas dependiente del Ministerio Público para la realización de un estudio psicológico-victimológico a la señora Teresita Fernández. Posteriormente, el 26 de marzo de 2019, se sustanció la audiencia de declaración testimonial de la víctima en sede fiscal y se libró oficio a la Psicóloga del Ministerio Público solicitando asistencia psicológica a la misma. Entre otras diligencias investigativas llevadas a cabo por el agente fiscal, de autos se desprende, un oficio al juzgado de paz de la localidad, a los efectos de requerir la aplicación de medidas de protección previstas en la Ley 5777/16 en concordancia con la Ley 1600/2000, a favor de la víctima y, el 26 de abril de 2019, se llevó a cabo la audiencia de declaración indagatoria al presunto autor Oscar Marcelo Trinidad Carlson, quien, mediante su abogada defensora, solicitó el diligenciamiento de varias declaraciones testificales. Con respecto al primer ítem del cuadro referencial, se le atribuye al agente fiscal el haber requerido la suspensión condicional del procedimiento a favor del procesado y en detrimento de los intereses de la víctima, y, al respecto: Quien solicitó dicho requerimiento fue el Agente Fiscal Interino Héctor Garay, no el Agente Fiscal Artemio Rubén Lial Espinoza, como erróneamente se menciona en acusación inadmitida. Así, ante dicho requerimiento el juzgado fijó fecha para la sustanciación de la audiencia conforme a los artículos 308 y 21 del Código Procesal Penal. En el día señalado, el agente fiscal interino se ratificó en su requerimiento; la victima manifestó su desacuerdo con la suspensión condicional del procedimiento solicitado y, consecuentemente, el juzgado penal decidió imprimir el trámite previsto en el art. 314 del Código Procesal Penal, remitiendo los autos al Agente Fiscal Artemio Rubén Lial Espinoza. En este sentido, éste último rectificó el requerimiento fiscal de suspensión condicional del procedimiento solicitado por el agente fiscal interino Héctor Garay y, en ese sentido, formuló imputación en contra del procesado. Posteriormente, de autos se desprende que el representante del Ministerio Público, formuló acusación contra el señor Oscar Marcelo Trinidad Carlson por considerar éste, que existían suficientes elementos de convicción para el enjuiciamiento oral del mismo. Por lo que, muy por el contrario de lo manifestado en el escrito de acusación, el agente fiscal no sólo no requirió la suspensión condicional del procedimiento a favor de imputado sino que, rectificó dicho requerimiento, imputó y posteriormente, acusó al supuesto autor del hecho punible investigado, por lo que no corresponde el inicio de un enjuiciamiento oficioso por este hecho en particular. En cuanto al segundo motivo expuesto en el cuadro referencial de la presente resolución, acerca de que la recurrente no ha tenido acceso a las copias integras del cuaderno de investigación fiscal. Sin embargo, se constata que el 26 de abril de 2019, tuvo acceso a las primeras diligencias investigativas que obraban en el cuaderno de investigación fiscal (A fs. 14 y vto.). Igualmente, se observa un nuevo pedido de la víctima para el acceso de nuevas copias del cuaderno de investigación fiscal, y en donde se dejó constancias del retiro de las mismas el 23 de agosto de 2019 (A fs. 34 y vto.). De todo lo merituado precedentemente, no se encuentran indicios que permitan inferir una actuación irregular por parte del Abg. Artemio Rubén Lial Espinoza con respecto a este motivo. De esta manera, evaluando la integralidad de los actos trasegados, se concluye que no se visualizan elementos o indicios razonables de un mal desempeño de funciones en la actuación del Agente Fiscal Artemio Rubén Lial Espinoza, por lo que corresponde no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso del mismo.

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