Texto
Causa n.° 135/2022: “Bernardino Vallejos López y otros c/ Abg. ERICO ÁVALOS, Agente Fiscal de la Unidad Penal Especializada de Delitos Ambientales de la ciudad de Villarrica, Sede Fiscal del Departamento de Guairá s/ Denuncia”.
Asunción, 22 de febrero de 2023
Dictamen DGAL
Señores Miembros
Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados
La Directora General de Asuntos Legales, Abg. Amambay Ferreira, se dirige a Uds., en relación a la presentación realizada el 16 de diciembre de 2022 por los señores Bernardino Vallejos López, Erico López Martínez, Ilza Marlene Arzamendia Acosta, Rosa Ramona Zorrilla de Vallejos, Daniel Pérez Fariña, Derlis Pérez Fariña, Luis Alberto Espínola Báez, Gerardo Samaniego, Mirta Espínola, Victorino Arzamendia, Ceferina Acosta, María Asunción López Castillo, Magalí Araceli Cazal Delagracia, Derlis Guzmán Paiva López, Alejandro Paiva Cabrera, María Auxiliadora Gasser Gauto, Adrián Paiva López, Liz Graciela Vera, Ángel Gabriel Cabrera, Deisy Lizzet Chávez, Emilia Saucedo, Selva Brizuela, Francisco Saucedo, Griselda Samaniego, Nancy Espínola, Perla Espínola, Nimia Z. de Espínola, Rufino Zorrilla, Margarita A. Z., Walter Ferreira, Matías Ivan Zorrilla, Margarita Pérez Fariña, Ricardo Vallejo, Lucilda Fonseca Cáceres, Gledia Rosana Vallejos, Mirian Vallejos, María Vallejos, Elsida Fonseca, Adams López, Adolfino López, Bancio Javier López, Celia López, Francisco López, Reinelda Cristaldo, Carlos Ariel Santacruz, Javier Fernández, María Isabel Arzamendia, Alcides López Martínez, Lorenzo Pérez, Marlene Pérez, Jorge Ariel Caballero Leiva, Alcides Fariña, Guillermina Duarte, Pedro Brizuela, Héctor Brizuela Duarte, Ana Deysi Pérez, Aida Larramendia A., Luciano Cristaldo, Carmen Arzamendia, María González B., Elvio Vallejo, Hugo Zaracho, Leoncio Gauto Benítez, Estelvina Vera, Ada Brítez, Lorenzo Duarte, Limpia Deniz, Ubaldina Vera, Denis Labandera, Fermín Verón, Maura Paiva, Laura Espínola, Blas A. Espínola Z. y Leticia Torrado contra el Abg. Erico Ávalos, Agente Fiscal de la Unidad Penal Especializada de Delitos Ambientales de la ciudad de Villarrica, Sede Fiscal del Departamento de Guairá, respecto a su actuación en el expediente judicial caratulado: " Klaus Escher e/ Delitos Ecológicos en Independencia", a los efectos de emitir un dictamen jurídico sobre la misma.
ANÁLISIS JURÍDICO
Del expediente administrativo formado, se desprende que por proveído del 23 de diciembre de 2022, el Jurado intimó a los recurrentes por el plazo de 5 días a que cumplan con los requisitos exigidos en los artículos 18, 19 y 20 de la Ley n.º 6814/2021, asimismo, intimó al abogado Fabio Almada para que aclare la identidad de todos sus patrocinados conforme a lo dispuesto en el artículo 20 inc. a) de la Ley n.° 6814/21, todo ello bajo apercibimiento de tenerlos por desistidos de su presentación conforme a lo establecido en el artículo 21 de la ley de referencia.
En la especie, se visualiza que los acusadores particulares fueron efectivamente notificados de la mencionada providencia el 26 de diciembre de 2022, por lo que el día hábil siguiente se inició el cómputo del plazo de cinco (5) días para cumplir con las condiciones exigidas previstas en los artículos 18, 19 y 20 de la Ley n.° 6814/2021.
En ese sentido, se verifica que los recurrentes, hasta la fecha de análisis de la presente causa, no han procedido a realizar la presentación que les fuera requerida por el Jurado, excediéndose ampliamente el plazo fijado en la providencia del 23 de diciembre de 2022 para el efecto, por lo que se concluye que existen fundamentos legales para tener por desistidos a los recurrentes de su presentación, conforme el artículo 21 de la Ley n.° 6814/2021.
CONCLUSIÓN
Luego del análisis íntegro de la presente causa, esta Dirección General de Asuntos Legales entiende que, en estricto cumplimiento a las disposiciones insertas en el artículo 21 de la Ley n.° 6814/2021, corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado en la providencia del 23 de diciembre de 2022, en consecuencia, tener por desistidos a los recurrentes de la presentación realizada contra el Abg. Erico Ávalos, Agente Fiscal de la Unidad Penal Especializada de Delitos Ambientales de la ciudad de Villarrica, Sede Fiscal del Departamento de Guairá y, por ende, archivar la presente causa, salvo mejor parecer de los señores miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.