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Proyecto o dictamen

Juez Nelson Zaracho Coronel. Causa n.° 277-2021

Procedencia entregado por el JEM por acceso a la información pública Publicado por AbogadoMau.com

Texto

Causa n.° 277/2021: “Arturo Sebastián Recalde c/ Abg. NELSON ZARACHO CORONEL, Juez de Paz de la ciudad de Bahía Negra, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay s/ Acusación”. Asunción, 22 de febrero de 2022.- Dictamen DGAL Señores Miembros Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados La Directora General de Asuntos Legales, Abg. Amambay Ferreira, se dirige a Uds., en relación a las presentaciones realizadas en fechas 10 noviembre de 2021 y 17 de noviembre de 2021, denuncia y acusación, respectivamente, contra el Abg. Nelson Zaracho Coronel, Juez de Paz de la ciudad de Bahía Negra, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay, respecto a su actuación en la causa caratulada: “Kevin Antonio Aguilera Giménez c/ Arturo Sebastián Recalde Ayala s/ Acción Preparatoria de Juicio Ejecutivo – Año 2021 N° 210 Folio 22”, a los efectos de emitir un dictamen jurídico sobre las mismas. ANÁLISIS JURÍDICO. Por el proveído del 16 de noviembre de 2021, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados intimó al recurrente a que presente escrito de acusación en los términos de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 6814/2021, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de su presentación. Dicho proveído fue notificado al recurrente, Sr. Arturo Sebastián Recalde, el 17 de noviembre de 2021, conforme al informe de la cédula de notificación practicada por la ujier notificadora del Jurado. En este contexto, el día siguiente hábil se inició el cómputo del plazo de cinco (5) días para cumplir con la intimación dispuesta por la referida providencia, específicamente con las condiciones exigidas y previstas en los artículos 18, 19 y 20 de la Ley n.º 6814/2021. Ahora bien, del expediente administrativo formado se observa que el recurrente Arturo Sebastián Recalde, en fecha 17 de noviembre de 2021, presentó acusación en contra del Abg. Nelson Zaracho Coronel, conforme el artículo 18, pero hasta la fecha no ha procedido dar cumplimiento a la intimación realizada por el Jurado, específicamente en relación a los artículos 19 y 20, en especial, en lo que respecta a la acreditación de su solvencia económica o, en su caso, de su insolvencia a los efectos de la dispensa. De esta manera, ha transcurrido en exceso el plazo fijado en la providencia del 16 de noviembre de 2021 para dar cumplimiento a la intimación contenida en la misma, por lo que se concluye que existen fundamentos legales para tener por desistido al señor Arturo Sebastián Recalde de su presentación de acusación y, consecuentemente, para hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por la referida providencia. CONCLUSIÓN. Luego del análisis íntegro de los antecedentes, conforme al relato realizado precedentemente y en estricto cumplimiento a las disposiciones insertas en el artículo 21 de la Ley n.º 6814/2021, esta Dirección General de Asuntos Legales razona que corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 16 de noviembre de 2021 y, en consecuencia, tener por desistido al Sr. Arturo Sebastián Recalde de su presentación de acusación en contra del Abg. Nelson Zaracho Coronel, Juez de Paz de la ciudad de Bahía Negra, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay, salvo mejor parecer de los señores miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.-

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