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Firma electrónica posterior a su salida · causa 282-20

Firmó el 26 de octubre de 2023 el S.D. N° 11/2023

El Jurado había dictado esa resolución el 27 de junio de 2023, en una sesión en la que Rivas estuvo presente y votó. El Senado le había aceptado el permiso el 25 de octubre de 2023.

Firmó 26 de octubre de 2023, 07:29 Se abrió para firma 8 de septiembre de 2023 Firmantes 5

Qué resolvió

Apercibir a la Jueza Penal de Garantías N.° 03 de Salto del Guairá, Abg. Marta Elodia Romero.

Su voto en esa sesión

«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas dijo: Me adhiero al voto del preopinante en este caso, el Ministro Manuel Dejesús Ramírez Candia, in totum. ES MI VOTO.»Texto de la resolución
El registro muestra que la firma electrónica es posterior a su salida del Jurado; la decisión la había votado siendo miembro. Si eso afecta la validez de la resolución es una cuestión jurídica que este sitio no resuelve.
Historial oficial de la causa 282-20: actuación Resolución Nro 11/2023 en proceso de suscripción y sus firmas electrónicas
Captura del historial de la causa 282-20 en el buscador de expedientes del JEM (expedientes.jem.gov.py). La firma de Rivas figura como HERNAN DAVID RIVAS ROMAN, 26 de octubre de 2023, 07:29.