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Firma electrónica posterior a su salida · causa 33-23

Firmó el 20 de diciembre de 2023 el A.I. N° 125/2023

El Jurado había dictado esa resolución el 19 de septiembre de 2023, en una sesión en la que Rivas estuvo presente y votó. El Senado le había aceptado el permiso el 25 de octubre de 2023, y su reemplazante ya había jurado el 31 de octubre de 2023.

Firmó 20 de diciembre de 2023, 10:56 Se abrió para firma 23 de octubre de 2023 Firmantes 6

Qué resolvió

Rechazar el recurso de reposición parcial del Abg. Hugo Marcelo Ortiz Ramírez contra la providencia que denegó autenticar la documentación remitida por juzgados y fiscalía, y confirmarla.

Su voto en esa sesión

«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas dijo: Me adhiero al voto emitido por el preopinante en este caso, el Ministro Manuel Dejesus Ramírez Candia. ES MI VOTO.»Texto de la resolución
El registro muestra que la firma electrónica es posterior a su salida del Jurado; la decisión la había votado siendo miembro. Si eso afecta la validez de la resolución es una cuestión jurídica que este sitio no resuelve.
Historial oficial de la causa 33-23: actuación Resolución Nro 125/2023 en proceso de suscripción y sus firmas electrónicas
Captura del historial de la causa 33-23 en el buscador de expedientes del JEM (expedientes.jem.gov.py). La firma de Rivas figura como HERNAN DAVID RIVAS ROMAN, 20 de diciembre de 2023, 10:56.