La decisión reunió siete de ocho votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.
«A su turno, los Miembros Manuel Ramírez Candia, el Vicepresidente Adrián Salas Coronel, Fernando Silva Facetti, Hernán David Rivas, y el Presidente Enrique Bacchetta Chiriani se adhirieron al voto de la Miembro Gladys Bareiro de Módica.»Texto de la resolución, página 5
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Gladys Bareiro de MódicaMiembro |
iniciar de oficio el enjuiciamiento de la fiscal Alcira Insfrán de Faria y del juez Hugo Centurión Osorio, sin suspensión | — | 1 |
Eusebio AlvarengaMiembro |
enjuiciamiento de la fiscal y, en segunda intervención, también del juez, sin suspensión | — | 3 |
Manuel Ramírez CandiaMiembro |
enjuiciamiento de ambos sin suspensión | Gladys Bareiro de Módica | 5 |
Adrián Salas CoronelVicepresidente |
enjuiciamiento de ambos sin suspensión | Gladys Bareiro de Módica | 5 |
Fernando Silva FacettiMiembro |
enjuiciamiento de ambos sin suspensión | Gladys Bareiro de Módica | 5 |
Hernán David RivasMiembro |
enjuiciamiento de ambos sin suspensión | Gladys Bareiro de Módica | 5 |
Enrique Bacchetta ChirianiPresidente |
enjuiciamiento de ambos sin suspensión | Gladys Bareiro de Módica | 5 |
Abg. ALCIRA NOEMI INSFRAN DE FARIA, Agente Fiscal de la Unidad Penal N° 02 de la ciudad de Maria Auxiliadora, Sede Fiscal del Departamento de Itapúa, y HUGO CENTURION OSORIO, Juez Penal de Garantías de la ciudad de Tomás R. Pereira, Circunscripción Judicial de Itapúa s/ Enjuiciamiento
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