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Unánime · A.I. 351/2020

Maria Cristina Escauriza Arce, jueza de la Niñez y la Adolescencia del 1° turno

La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 3 de noviembre de 2020 Votos coincidentes con lo resuelto 6 de 6 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 27/2020

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Lo que resolvió el Jurado
Declarar inadmisible la denuncia de Esmilse Raquel López Alegre contra la Jueza de la Niñez y la Adolescencia de Luque, María Cristina Escauriza Arce; no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio; archivo.
Cómo votó
Seis por rechazar o archivar, sobre seis miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Lo que dijo Rivas

«A su turno, los Miembros Manuel Ramírez Candia, Eusebio Alvarenga, Hernán David Rivas, Cristian Kriskovich, y el Presidente en ejercicio Adrián Salas Coronel se adhirieron al voto del Miembro Fernando Silva Facetti.»Texto de la resolución, página 3

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Fernando Silva Facetti
Miembro
inadmisibilidad y no enjuiciamiento de oficio; archivo —2
Manuel Ramírez Candia
Miembro
inadmisibilidad y no enjuiciamiento de oficio; archivo Fernando Silva Facetti3
Eusebio Alvarenga
Miembro
inadmisibilidad y no enjuiciamiento de oficio; archivo Fernando Silva Facetti3
Hernán David Rivas
Miembro
inadmisibilidad y no enjuiciamiento de oficio; archivo Fernando Silva Facetti3
Cristian Kriskovich
Miembro
inadmisibilidad y no enjuiciamiento de oficio; archivo Fernando Silva Facetti3
Adrián Salas Coronel
Presidente en ejercicio
inadmisibilidad y no enjuiciamiento de oficio; archivo Fernando Silva Facetti3

La resolución

Esmilse Raquel Lopez Alegre c/ Abg. MARIA CRISTINA ESCAURIZA ARCE, Jueza de la Niñez y la Adolescencia del 1° turno de la ciudad de Luque, Circunscripcion Judicial de Central s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 27/2020

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