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Unánime · A.I. 376/2020

Investigación Preliminar y otros

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 24 de noviembre de 2020 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 161/2018

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Lo que resolvió el Jurado
Cerrar la investigación preliminar; no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio de la Jueza Alba Angelina Meza Ávalos; archivar.
Cómo votó
Siete por rechazar o archivar, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Lo que dijo Rivas

«A su turno, los Miembros Cristian Kriskovich, el Vicepresidente Adrián Salas Coronel, Hernán David Rivas y el Presidente Enrique Bacchetta Chiriani se adhirieron al voto del Miembro Manuel Ramírez Candia.»Texto de la resolución, página 4

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Manuel Ramírez Candia
Miembro
no iniciar enjuiciamiento; cerrar investigación y archivar —2
Eusebio Alvarenga
Miembro
rechazo y archivo de la investigación preliminar —2
Fernando Silva Facetti
Miembro
no enjuiciamiento y archivo —3
Cristian Kriskovich
Miembro
no iniciar enjuiciamiento; archivar Manuel Ramírez Candia4
Adrián Salas Coronel
Vicepresidente
no iniciar enjuiciamiento; archivar Manuel Ramírez Candia4
Hernán David Rivas
Miembro
no iniciar enjuiciamiento; archivar Manuel Ramírez Candia4
Enrique Bacchetta Chiriani
Presidente
no iniciar enjuiciamiento; archivar Manuel Ramírez Candia4

La resolución

Investigación Preliminar, ALBA ANGELINA MEZA AVALOS

Documentos del caso · causa 161/2018

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