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No cambió el resultado · A.I. 154/2021

Juan Luciano Mareco y otros · Cancelación

La decisión reunió exactamente los cinco votos exigidos y Rivas fue uno de ellos. Pero archivar o rechazar es lo que el Jurado resuelve cuando la otra opción no reúne la mayoría: lo hizo en la S.D. 27/2020 y en el A.I. 622/2021, con empates de cuatro a cuatro.

Fecha 26 de marzo de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 5 de 5 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 275/2018

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Lo que resolvió el Jurado
Cancelar la causa respecto de los ex miembros del Tribunal de Apelación; declarar inadmisible la denuncia contra la jueza Miño Fernández, no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio y archivar.
Cómo votó
Cinco por rechazar o archivar, sobre cinco miembros presentes.
El voto de Rivas
Su voto no cambió el resultado. La decisión reunió exactamente los cinco votos exigidos y Rivas fue uno de ellos. Pero archivar o rechazar es lo que el Jurado resuelve cuando la otra opción no reúne la mayoría: lo hizo en la S.D. 27/2020 y en el A.I. 622/2021, con empates de cuatro a cuatro. Sin su voto el resultado habría sido el mismo, y por eso no se cuenta como voto decisivo.

Lo que dijo Rivas

«A su turno, los miembros el vicepresidente Jorge Bogarín Alfonso, Hernán David Rivas, Mónica Seifart de Martínez y el presidente Fernando Silva Facetti se adhirieron al voto del miembro Manuel Dejesús Ramírez Candia.»Texto de la resolución, página 3

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Manuel De Jesús Ramírez Candia
Miembro
cancelar la causa respecto de los camaristas, declarar inadmisible la denuncia contra la jueza, no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio y archivar —3
Jorge Bogarín Alfonso
Vicepresidente
cancelar la causa respecto de los camaristas, declarar inadmisible la denuncia contra la jueza, no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio y archivar Manuel De Jesús Ramírez Candia3
Hernán David Rivas
Miembro
cancelar la causa respecto de los camaristas, declarar inadmisible la denuncia contra la jueza, no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio y archivar Manuel De Jesús Ramírez Candia3
Mónica Seifart de Martínez
Miembro
cancelar la causa respecto de los camaristas, declarar inadmisible la denuncia contra la jueza, no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio y archivar Manuel De Jesús Ramírez Candia3
Fernando Silva Facetti
Presidente
cancelar la causa respecto de los camaristas, declarar inadmisible la denuncia contra la jueza, no hacer lugar al enjuiciamiento de oficio y archivar Manuel De Jesús Ramírez Candia3

Frente al proyecto o dictamen

Unanimidad en el sentido del proyecto; exordio (VISTO, cancelación, admisibilidad) casi textual; votos orales propios.

DocumentoProponía¿Lo reproduce la resolución?
Proyecto de resoluciónCancelar la causa respecto de los ex camaristas; denuncia inadmisible y no enjuiciar de oficio a la jueza Miño Fernándezparcial

La resolución

Feliciano González Ayala c/ Abgs. JUAN LUCIANO MARECO, LORENZO DERLIS RODRIGUEZ y CARLOS GUILLERMO REHNFELDT, Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Circunscripción Judicial de Guairá, y VANESSA MIÑO FERNÁNDEZ, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 4° Turno de la ciudad de Villarrica, Circunscripción Judicial del Guairá s/Denuncia

Documentos del caso · causa 275/2018

Todo lo que hay sobre esta causa

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