La decisión reunió exactamente los cinco votos exigidos y Rivas fue uno de ellos. Pero archivar o rechazar es lo que el Jurado resuelve cuando la otra opción no reúne la mayoría: lo hizo en la S.D. 27/2020 y en el A.I. 622/2021, con empates de cuatro a cuatro.
«A su turno, los miembros Hernán David Rivas, Manuel Dejesús Ramírez Candia, el vicepresidente Jorge Bogarín Alfonso y el presidente Fernando Silva Facetti, se adhirieron al voto de la miembro Mónica Esnifar de Martínez.»Texto de la resolución, página 3
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Mónica Seifart de MartínezMiembro |
rechazar denuncia (inadmisible), no enjuiciar de oficio y archivar | — | 2 |
Hernán David RivasMiembro |
rechazar denuncia y archivar | Mónica Seifart de Martínez | 3 |
Manuel Ramírez CandiaMiembro |
rechazar denuncia y archivar | Mónica Seifart de Martínez | 3 |
Jorge Bogarín AlfonsoVicepresidente |
rechazar denuncia y archivar | Mónica Seifart de Martínez | 3 |
Fernando Silva FacettiPresidente |
rechazar denuncia y archivar | Mónica Seifart de Martínez | 3 |
Se resolvió por unanimidad el archivo que se desprende del proyecto; Rivas adhirió a Seifart, cuyo voto reproduce buena parte del análisis del proyecto.
| Documento | Proponía | ¿Lo reproduce la resolución? |
|---|---|---|
| Proyecto de resolución | Declarar inadmisible la denuncia contra los camaristas de la Niñez de Concepción Alvarenga Caballero, Molinas Ovelar y Cardozo y no enjuiciarlos: declarar desiertos los recursos por fundamentación promiscua es cuestión jurisdiccional y el Jurado no es una instancia paralela. | parcial |
Abg. Luis Enrique Mangieri Prantl c/ Abgs. AMADO ALVARENGA CABALLERO, ELIODORO MOLINAS OVELAR Y ELISA CARDOZO, Miembros del Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Concepción s/ Denuncia
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