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No cambió el resultado · A.I. 214/2021

Investigación preliminar

El Jurado no hizo lugar porque la otra opción no reunió los cinco votos que exige la ley, ni estuvo a uno de reunirlos. Rivas votó con esa salida, que se producía igual sin su voto.

Fecha 27 de abril de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 4 de 5 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 195/2020

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Lo que resolvió el Jurado
Cerrar la investigación preliminar, no hacer lugar al enjuiciamiento oficioso y archivar.
Cómo votó
Cuatro por rechazar o archivar y uno por admitir o enjuiciar, sobre cinco miembros presentes.
El voto de Rivas
Su voto no cambió el resultado. El Jurado no hizo lugar porque la otra opción no reunió los cinco votos que exige la ley, ni estuvo a uno de reunirlos. Rivas votó con esa salida, que se producía igual sin su voto.

Lo que dijo Rivas

«A su turno, el miembro Hernán David Rivas dijo: [...] por tanto mi voto es por la absolución y el archivo.»Texto de la resolución, página 2

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Hernán David Rivas
Miembro
no enjuiciamiento y archivo —2
Jorge Bogarín Alfonso
Vicepresidente
no enjuiciamiento y archivo Hernán David Rivas3
Manuel Ramírez Candia
Miembro
iniciar enjuiciamiento con suspensión (de la jueza) —4
Mónica Seifart de Martínez
Miembro
no enjuiciamiento y archivo Hernán David Rivas5
Fernando Silva Facetti
Presidente
no enjuiciamiento y archivo —5

La resolución

Investigación preliminar

Documentos del caso · causa 195/2020

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 1

Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.

Sesiones en que se trató 1

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.