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Unánime · A.I. 23/2021

Osvaldo Caballero Bracho, agente Fiscal

La decisión reunió ocho de ocho votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 26 de enero de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 8 de 8 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 284/2019

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Ocho votos coincidentes con lo resuelto, sobre ocho miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió ocho de ocho votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Eusebio Alvarenga
Miembro
propia · neg ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere Eusebio Alvarenga—
Gladys Bareiro de Módica
Miembro
adhiere Eusebio Alvarenga—
Mónica María Seifart de Martínez
Miembro
adhiere Eusebio Alvarenga—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Eusebio Alvarenga—
Jorge Bogarín Enrique Bacchetta Chiriani
Vicepresidente
adhiere Eusebio Alvarenga—
Fernando Alberto Silva Facetti
Presidente
adhiere Eusebio Alvarenga—

La resolución

Erwin Andrés Berniat Pontet c/ Abg. OSVALDO CABALLERO BRACHO, Agente Fiscal de la Unidad Penal N.º 04 de la ciudad de Lambaré, Sede Fiscal del Departamento Central s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 284/2019

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 1

Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.

Sesiones en que se trató 2

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.