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Unánime · A.I. 268/2021

Zoraida Olguin Moreira, jueza de Paz

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 18 de mayo de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 242/2020

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Siete con otra postura, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Eusebio Alvarenga
Miembro
propia · neg ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere Eusebio Alvarenga—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Vicepresidente
adhiere Eusebio Alvarenga—
Mónica María Seifart de Martínez
Vicepresidente
adhiere Eusebio Alvarenga—
Gladys Bareiro de Módica
Vicepresidente
adhiere Eusebio Alvarenga—
Hernán David Rivas Román
Vicepresidente
adhiere Eusebio Alvarenga—
Fernando Alberto Silva Facetti
Presidente
adhiere Eusebio Alvarenga—

La resolución

Abg. Lourdes Saccomani c/ Abg. ZORAIDA OLGUIN MOREIRA, Jueza de Paz de la ciudad de Villa Elisa, Circunscripción Judicial de Central s/ Acusación

Documentos del caso · causa 242/2020

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 2

Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.

Sesiones en que se trató 2

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.