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Unánime · A.I. 276/2021

Perfecto Silvio Orrego, miembro de la Segunda Sala del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial

La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 18 de mayo de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 6 de 6 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 379/2018

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Seis con otra postura, sobre seis miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Gladys Bareiro de Módica
Miembro
disiente · neg ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere Gladys Bareiro de Módica—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Gladys Bareiro de Módica—
Mónica María Seifart de Martínez
Miembro
adhiere Gladys Bareiro de Módica—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Vicepresidente
adhiere Gladys Bareiro de Módica—
Fernando Alberto Silva Facetti
Presidente
adhiere Gladys Bareiro de Módica—

La resolución

Leudimar Francisco Bortolini c/ Abg. PERFECTO SILVIO ORREGO, Miembro de la Segunda Sala del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, ISIDRO GONZALEZ, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná y ROCIO GOSSEN, Miembro del Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 379/2018

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 1

Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.

Sesiones en que se trató 1

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.