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Unánime · A.I. 280/2021

Victoria Acuña Ricardo y otros

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 25 de mayo de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 49/2014

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Siete votos coincidentes con lo resuelto, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Gladys Bareiro de Módica
Miembro
propia ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
propia · neg ——
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Vicepresidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Eusebio Alvarenga
Vicepresidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Enrique Fausto Bacchetta Chiriani
Vicepresidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Mónica María Seifart de Martínez
Vicepresidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Hernán David Rivas Román
Vicepresidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—
Fernando Alberto Silva Facetti
Presidente
adhiere Manuel Dejesús Ramírez Candia—

La resolución

Guillermo Casado de Amezua Lasso y Álvaro Lasso Genova c/ Abgs. VICTORIA ACUÑA RICARDO, MARTÍN CABRERA, RENÉ FERNÁNDEZ, JOSÉ DOS SANTOS y YOLANDA PORTILLO, Agentes Fiscales de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 49/2014

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 2

Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.

Sesiones en que se trató 1

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.