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Unánime · A.I. 313/2021

Marcelo Saldivar Bellasai, agente Fiscal

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 1 de junio de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 132/2019

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Siete votos coincidentes con lo resuelto, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Eusebio Alvarenga
Miembro
adhiere ——
Gladys Bareiro de Módica
Miembro
adhiere ——
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere ——
Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados
Miembro
adhiere ——
Fernando Alberto Silva Facetti
Presidente
adhiere ——

La resolución

Juan José de Brix c/ Abg. MARCELO SALDIVAR BELLASAI, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº 02, Barrial Nº 02 de la Capital s/ Acusación

Documentos del caso · causa 132/2019

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 1

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Sesiones en que se trató 2

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  1. 30 de junio de 2022 08:52 Expediente JEM