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Unánime · A.I. 394/2021

Justo Ramos Arrua, juez de Primera Instancia en lo Civil

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 6 de julio de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 424/2018

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Siete votos coincidentes con lo resuelto, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Gladys Bareiro de Módica
Miembro
propia ——
Rodrigo Daniel Blanco Amarilla
Miembro
propia · neg ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere Rodrigo Daniel Blanco Amarilla—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Rodrigo Daniel Blanco Amarilla—
Mónica María Seifart de Martínez
Miembro
adhiere Rodrigo Daniel Blanco Amarilla—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Vicepresidente
adhiere Rodrigo Daniel Blanco Amarilla—
Enrique Fausto Bacchetta Chiriani
Vicepresidente
adhiere Rodrigo Daniel Blanco Amarilla—
Fernando Alberto Silva Facetti
Presidente
adhiere Rodrigo Daniel Blanco Amarilla—

La resolución

Tomás Salinas Tanasio c/ Abg. JUSTO RAMOS ARRUA, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caacupé, Circunscripción Judicial de Cordillera s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 424/2018

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  1. 15 de septiembre de 2022 12:50 Expediente JEM