La decisión reunió exactamente los cinco votos exigidos y Rivas fue uno de ellos. Pero archivar o rechazar es lo que el Jurado resuelve cuando la otra opción no reúne la mayoría: lo hizo en la S.D. 27/2020 y en el A.I. 622/2021, con empates de cuatro a cuatro.
«A su turno, los miembros Mónica Seifart de Martínez, Enrique Bacchetta Chiriani, Hernán David Rivas y Rodrigo Blanco Amarilla se adhirieron al voto del miembro Manuel Dejesus Ramírez Candia.»Texto de la resolución, página 3
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Manuel Dejesús Ramírez CandiaMiembro |
rechazar el enjuiciamiento de oficio de los jueces Yuruhan y Medina Bobadilla | — | 2 |
Fernando Silva FacettiPresidente |
iniciar el enjuiciamiento sin suspensión del juez Yuruhan; rechazo respecto de Medina Bobadilla | — | 2 |
Jorge Bogarín AlfonsoVicepresidente |
enjuiciamiento de Yuruhan; rechazo respecto de Medina | Fernando Silva Facetti | 3 |
Mónica Seifart de MartínezMiembro |
rechazo respecto de ambos jueces | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 3 |
Enrique Bacchetta ChirianiMiembro |
rechazo respecto de ambos jueces | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 3 |
Hernán David RivasMiembro |
rechazo respecto de ambos jueces | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 3 |
Rodrigo Blanco AmarillaMiembro |
rechazo respecto de ambos jueces | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 3 |
Bernard Harder Dyck c/ Abgs. AMADO ARSENIO YURUHAN DIAZ y EDUARDO RAMÓN MEDINA BOBADILLA, Jueces Penales de Liquidación y Sentencia, Circunscripción Judicial de Boquerón s/ Denuncia
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