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Unánime · A.I. 746/2021

Maria Del Carmen Novais, jueza Electoral del Segundo Turno

La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 23 de noviembre de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 6 de 6 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 151/2021

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La causa 151/2021 se formó en 2021, el año del cambio de ley. La resolución cita la denuncia presentada el 1 de julio de 2021. Por el art. 48 de la Ley 6814, rige la Ley 3759/2009.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Seis con otra postura, sobre seis miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Mónica María Seifart de Martínez
Miembro
propia · neg ——
Rodrigo Daniel Blanco Amarilla
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Enrique Fausto Bacchetta Chiriani
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Vicepresidente
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Fernando Alberto Silva Facetti
Presidente
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—

La resolución

Abg. Silvio Alberto Delvalle c/ Abg. MARIA DEL CARMEN NOVAIS, Jueza Electoral del Segundo Turno, Circunscripción Judicial de la Capital s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 151/2021

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