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Unánime · A.I. 803/2021

Hermes Medina Oviedo, miembro de la Primera Sala del Tribunal Electoral

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 21 de diciembre de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 155/2021

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La causa 155/2021 se formó en 2021, el año del cambio de ley. La resolución cita la denuncia presentada el 5 de julio de 2021. Por el art. 48 de la Ley 6814, rige la Ley 3759/2009.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Siete con otra postura, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Mónica María Seifart de Martínez
Vicepresidente
propia · neg ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Enrique Fausto Bacchetta Chiriani
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Luis María Benítez Riera
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Rodrigo Daniel Blanco Amarilla
Vicepresidente
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Presidente
adhiere Mónica María Seifart de Martínez—

La resolución

Rodolfo Rotela, Carlos Maldonado y Antony Martinez c/ Dr. HERMES MEDINA OVIEDO, Miembro de la Primera Sala del Tribunal Electoral, Circunscripción Judicial de la Capital s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 155/2021

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 1

Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.

Sesiones en que se trató 2

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.