El Jurado no hizo lugar porque la otra opción no reunió los cuatro votos que exige la ley, ni estuvo a uno de reunirlos. Rivas votó con esa salida, que se producía igual sin su voto.
«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas dijo: Me adhiero in totum a la preopinión de mi colega Rodrigo, por el rechazo. ES MI VOTO.»Texto de la resolución, página 7
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Alberto Joaquín Martínez SimónMinistro |
rechazar in límine la acusación del senador Blas Llano (falta de legitimación) e iniciar de oficio la investigación preliminar de la fiscal Stella Mary Cano (art. 18 Ley 6814) | — | 1 |
Luis María Benítez RieraMinistro |
acusación inadmisible; iniciar la investigación preliminar | — | 3 |
Óscar PacielloMiembro |
adhiere a Martínez Simón: carencia de legitimación e inicio de la investigación preliminar | Alberto Joaquín Martínez Simón | 5 |
| César Ruffinelli Miembro |
adhiere a Martínez Simón y Benítez Riera (investigación preliminar) | Alberto Joaquín Martínez Simón y Luis María Benítez Riera | 6 |
Rodrigo Blanco AmarillaVicepresidente 1° |
rechazo in límine de la acusación y rechazo del inicio de oficio | — | 6 |
Hernán David RivasMiembro |
rechazo in límine y rechazo del inicio de oficio | Rodrigo Blanco Amarilla | 7 |
Senador Nacional Abg. Blas Antonio Llano Ramos c/ Abg. STELLA MARY CANO, Agente Fiscal de la Unidad Penal N.º 03, Sede N.º 01 de la Capital s/ Acusación
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