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Unánime · A.I. 521/2021

María Jose Pérez De Giampieri, agente Fiscal Penal

La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Fecha 24 de agosto de 2021 Votos coincidentes con lo resuelto 7 de 7 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 25/2017

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La causa 25/2017 se formó en 2017, con la Ley 3759 vigente. Por el art. 48 de la Ley 6814, los expedientes formados antes siguen tramitándose con la ley anterior.
Mayoría exigida
Para un auto interlocutorio, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Cómo votó
Siete con otra postura, sobre siete miembros presentes.
El voto de Rivas
Votó con la mayoría. La decisión reunió siete de siete votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Fernando Alberto Silva Facetti
Miembro
propia · neg ——
Manuel Dejesús Ramírez Candia
Miembro
adhiere Fernando Alberto Silva Facetti—
Hernán David Rivas Román
Miembro
adhiere Fernando Alberto Silva Facetti—
Rodrigo Daniel Blanco Amarilla
Miembro
adhiere Fernando Alberto Silva Facetti—
Mónica María Seifart de Martínez
Miembro
adhiere Fernando Alberto Silva Facetti—
Enrique Fausto Bacchetta Chiriani
Miembro
adhiere Fernando Alberto Silva Facetti—
Jorge Luis Bogarín Alfonso
Vicepresidente
adhiere Fernando Alberto Silva Facetti—

La resolución

Lic. Venancio Villalba, Lic. Ramón Palacios y Elpidio Cristaldo c/ Abg. MARÍA JOSE PÉREZ DE GIAMPIERI, Agente Fiscal Penal de la Unidad N° 02 de la ciudad de San Antonio s/ Denuncia

Documentos del caso · causa 25/2017

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 1

Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.

Sesiones en que se trató 3

Actas, órdenes del día e informes de sesión publicados en el sitio del JEM.