La decisión reunió cinco votos de ocho presentes, exactamente los cinco que exige la ley. Rivas fue uno de ellos: sin su voto quedaban cuatro y el Jurado no podía adoptarla.
«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas se adhiere al voto de la Miembro Gladys Bareiro de Módica.»Texto de la resolución, página 17
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Eusebio AlvarengaMiembro |
apercibimiento | — | 3 |
Manuel Ramírez CandiaMiembro |
remoción | — | 6 |
Gladys Bareiro de MódicaMiembro |
apercibimiento | — | 8 |
Fernando Silva FacettiMiembro |
apercibimiento | Gladys Bareiro de Módica | 10 |
Adrián Salas CoronelVicepresidente |
apercibimiento | — | 12 |
Enrique Bacchetta ChirianiPresidente |
remoción | — | 14 |
Cristian KriskovichMiembro |
remoción | Manuel Ramírez Candia | 17 |
Hernán David RivasMiembro |
apercibimiento | Gladys Bareiro de Módica | 17 |
El proyecto pedía sancionar al juez sin decir con qué y el Jurado lo apercibió; Rivas, adhiriendo a Bareiro de Módica, dio el quinto voto por el apercibimiento, que es la sanción más leve.
| Documento | Proponía | ¿Lo reproduce la resolución? |
|---|---|---|
| Proyecto de resolución | Absolver al juez Marino Méndez por el primer hecho (haber entendido en el amparo) y tener por comprobado su mal desempeño por la medida cautelar y la sentencia que invadieron la competencia de la Junta Municipal de Ciudad del Este; aplicarle una sanción, sin fijar el grado. | parcial |
Abg. MARINO MENDEZ, Juez Penal de la Adolescencia del 1° Turno de Ciudad del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná s/ Enjuiciamiento
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