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Voto decisivo · S.D. 25/2020

Marino Mendez, juez Penal de la Adolescencia del 1° Turno de Ciudad del Este · Apercibimiento

La decisión reunió cinco votos de ocho presentes, exactamente los cinco que exige la ley. Rivas fue uno de ellos: sin su voto quedaban cuatro y el Jurado no podía adoptarla.

Fecha 9 de junio de 2020 Votos coincidentes con lo resuelto 5 de 8 Exigidos 5 Ley aplicable Ley 3759/2009 Causa 531/2018

Análisis jurídico

Ley aplicable
Ley 3759/2009. La resolución es anterior a la Ley 6814, promulgada el 13 de octubre de 2021, así que rige la Ley 3759.
Mayoría exigida
Para dictar sentencia, el art. 7 de la Ley 3759 exige cinco votos coincidentes.
Lo que resolvió el Jurado
Apercibir por mal desempeño (art. 14 incs. b y g Ley 3759/2009).
Cómo votó
Cinco por apercibir y tres por remover, sobre ocho miembros presentes.
El voto de Rivas
Su voto completó la mayoría legal. La decisión reunió cinco votos de ocho presentes, exactamente los cinco que exige la ley. Rivas fue uno de ellos: sin su voto quedaban cuatro y el Jurado no podía adoptarla. Otros tres miembros votaron por la remoción. La Ley 3759 exigía cinco votos coincidentes en la misma sanción y no decía qué hacer si se repartían: la regla de aplicar la sanción más benigna recién la trajo la Ley 6814. En los casos de 2021 en que los votos se repartieron, el Jurado volvió a votar hasta reunir cinco en una misma sanción. No se puede descartar que, sin su voto, alguno de ellos se hubiera pasado al apercibimiento en una nueva votación.

Lo que dijo Rivas

«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas se adhiere al voto de la Miembro Gladys Bareiro de Módica.»Texto de la resolución, página 17

Cómo votó cada miembro

MiembroVotoAdhiere aPágina
Eusebio Alvarenga
Miembro
apercibimiento —3
Manuel Ramírez Candia
Miembro
remoción —6
Gladys Bareiro de Módica
Miembro
apercibimiento —8
Fernando Silva Facetti
Miembro
apercibimiento Gladys Bareiro de Módica10
Adrián Salas Coronel
Vicepresidente
apercibimiento —12
Enrique Bacchetta Chiriani
Presidente
remoción —14
Cristian Kriskovich
Miembro
remoción Manuel Ramírez Candia17
Hernán David Rivas
Miembro
apercibimiento Gladys Bareiro de Módica17

Frente al proyecto o dictamen

El proyecto pedía sancionar al juez sin decir con qué y el Jurado lo apercibió; Rivas, adhiriendo a Bareiro de Módica, dio el quinto voto por el apercibimiento, que es la sanción más leve.

DocumentoProponía¿Lo reproduce la resolución?
Proyecto de resoluciónAbsolver al juez Marino Méndez por el primer hecho (haber entendido en el amparo) y tener por comprobado su mal desempeño por la medida cautelar y la sentencia que invadieron la competencia de la Junta Municipal de Ciudad del Este; aplicarle una sanción, sin fijar el grado.parcial

La resolución

Abg. MARINO MENDEZ, Juez Penal de la Adolescencia del 1° Turno de Ciudad del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná s/ Enjuiciamiento

En ABC Color

Lo que se publicó sobre el caso

  1. 3 de marzo de 2020

    JEM rechazó pedido de reposición de juez que benefició al clan Zacarías

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  2. 26 de junio de 2019

    Ministra Bareiro defiende a juez de los Zacarías y el Jurado le perdona

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  3. 21 de junio de 2019

    El juez Méndez blanqueó varios hechos del clan ZI

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  4. 29 de diciembre de 2018

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Documentos del caso · causa 531/2018

Todo lo que hay sobre esta causa

Proyectos y dictámenes 2

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