Rivas votó por APERCIBIMIENTO de los tres. La decisión reunió cinco de ocho votos, así que su voto no cambió el resultado.
«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas se adhirió al voto del Miembro Fernando Silva Facetti.»Texto de la resolución, página 22
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Manuel Ramírez CandiaMiembro |
REMOCIÓN de Amarilla y González; APERCIBIMIENTO de Meza | — | 8 |
Eusebio AlvarengaMiembro |
REMOCIÓN de Amarilla y González; APERCIBIMIENTO de Meza | — | 12 |
José Raúl Torres KirmserMiembro |
APERCIBIMIENTO de los tres | — | 15 |
Fernando Silva FacettiMiembro |
APERCIBIMIENTO de los tres | — | 19 |
Enrique Bacchetta ChirianiPresidente |
REMOCIÓN de los tres | — | 21 |
César Diesel JunghannsMiembro |
REMOCIÓN de Amarilla y González; APERCIBIMIENTO de Meza | Manuel Ramírez Candia | 22 |
Cristian KriskovichMiembro |
REMOCIÓN de Amarilla y González; APERCIBIMIENTO de Meza | Manuel Ramírez Candia | 22 |
Hernán David RivasMiembro |
APERCIBIMIENTO de los tres | Fernando Silva Facetti | 22 |
El proyecto daba por probado el mal desempeño de los tres camaristas sin proponer sanción; Rivas coincidió en la responsabilidad pero, con Silva Facetti, votó sólo apercibimiento para los tres, mientras la mayoría removió a dos de ellos.
| Documento | Proponía | ¿Lo reproduce la resolución? |
|---|---|---|
| Proyecto de resolución | Tener por probados los motivos del enjuiciamiento y el mal desempeño de los tres camaristas de Alto Paraná (Amarilla Arévalos, González Sánchez y Meza de López), art. 14 incs. b y g de la Ley 3759/2009, por la libertad concedida al procesado por abuso sexual de una niña. El texto no fija sanción ni la distingue entre los tres. | parcial |
| Proyecto de resolución | El mismo proyecto con fecha 30 de junio de 2020; el texto es idéntico salvo la fecha. | parcial |
Abgs. ANICETO AMARILLA AREVALOS, ISIDRO GONZALEZ SANCHEZ y MYRIAN MEZA DE LOPEZ, Miembros de la 2da. Sala del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná s/ Enjuiciamiento
Entregados por el JEM por acceso a la información pública y publicados por AbogadoMau.com.