La decisión reunió seis de seis votos, más de los cinco que exige la ley: su voto no cambió el resultado.
«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas dijo: Me adhiero al voto emitido por el preopinante en este caso, el Ministro Manuel Dejesús Ramírez Candia. ES MI VOTO.»Texto de la resolución, página 2
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Manuel Dejesús Ramírez CandiaMiembro |
rechazar (no admitir) el recurso de reposición | — | 1 |
Mario VarelaVicepresidente 2° |
rechazar (no admitir) el recurso de reposición | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 2 |
Alfredo Enrique KronawetterMiembro |
rechazar (declarar improcedente) el recurso de reposición | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 2 |
Hernán David RivasMiembro |
rechazar (no admitir) el recurso de reposición | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 2 |
Alejandro AguileraVicepresidente 1° |
rechazar in límine el recurso de reposición por improcedente | — | 2 |
| Orlando Gabriel Arévalos Presidente |
rechazar (no admitir) el recurso de reposición | Manuel Dejesús Ramírez Candia | 2 |
Abg. GUSTAVO RAMON YEGROS, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº03 de Ciudad del Este, Sede Fiscal del Departamento de Alto Paraná s/ Enjuiciamiento
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