La decisión reunió exactamente los cinco votos exigidos y Rivas fue uno de ellos. Pero absolver es lo que el Jurado resuelve cuando la otra opción no reúne la mayoría: lo hizo en la S.D. 27/2020 y en el A.I. 622/2021, con empates de cuatro a cuatro.
«A su turno, el Miembro Hernán David Rivas se adhiere al voto del Vicepresidente Adrián Salas Coronel.»Texto de la resolución, página 16
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
Eusebio AlvarengaMiembro |
apercibimiento (a la fiscal Cáceres de Battaglia y a la jueza Mosqueira; absolución del juez Duarte Rolón) | — | 4 |
Adrián Salas CoronelVicepresidente |
absolución (de los tres enjuiciados) | — | 10 |
Manuel Ramírez CandiaMiembro |
absolución (de los tres enjuiciados) | Adrián Salas Coronel | 13 |
Enrique Bacchetta ChirianiPresidente |
apercibimiento (a los tres enjuiciados) | — | 14 |
Fernando Silva FacettiMiembro |
apercibimiento (a los tres enjuiciados) | Enrique Bacchetta Chiriani | 15 |
Cristian KriskovichMiembro |
absolución | Adrián Salas Coronel | 16 |
Gladys Bareiro de MódicaMiembro |
absolución | Adrián Salas Coronel | 16 |
Hernán David RivasMiembro |
absolución | Adrián Salas Coronel | 16 |
Abgs. CLAUDIA MOSQUEIRA y DERLIS DUARTE ROLON, Jueces Penales de Garantías de la ciudad de Villarrica, Circunscripción Judicial de Guaira, y PERLA CACERES DE BATTAGLIA, Agente Fiscal de la Unidad Penal Especializada de Lucha contra la Violencia Familiar de la ciudad de Villarrica, Sede Fiscal del Departamento de Guaira s/ Enjuiciamiento
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