Hubo siete votos por sancionar: cinco por el apercibimiento, entre ellos el de Rivas, y dos por la remoción. El art. 7 de la Ley 6814 dice que, si hay cinco votos por imponer una sanción pero discrepan en su graduación, se vuelve a votar y, si no se reúne la mayoría, «se aplicará la sanción más benigna al enjuiciado».
«A su turno, el Presidente Hernán David Rivas dijo: Me adhiero al voto emitido por el Ministro Manuel Dejesús Ramírez Candia, también me adhiero al Ministro Garay. ES MI VOTO.»Texto de la resolución, página 14
| Miembro | Voto | Adhiere a | Página |
|---|---|---|---|
César Antonio Garay ZuccolilloMiembro |
remoción (rechaza extinción e incidente de hechos nuevos; costas al enjuiciado) | — | 3 |
Manuel Dejesús Ramírez CandiaMiembro |
apercibimiento (adhiere a Garay en incidentes; costas en el orden causado) | — | 7 |
Óscar PacielloVicepresidente 2° |
apercibimiento (con Garay en incidentes y costas a la perdidosa) | Manuel Ramírez Candia | 7 |
Alfredo Enrique KronawetterMiembro |
apercibimiento (con Garay en incidentes y costas) | Manuel Ramírez Candia y Óscar Paciello (en cuanto a la sanción) | 8 |
Orlando ArévaloMiembro |
apercibimiento (rechaza extinción e incidente; costas a la perdidosa) | — | 13 |
Mario Alberto Varela CardozoMiembro (firma como Vicepresidente 2°) |
remoción (adhiere in totum a Garay; confirmado por el acta del 14 de julio de 2023) | César Antonio Garay | 14 |
Hernán David RivasPresidente |
apercibimiento (adhiere a Ramírez Candia en la sanción y a Garay en incidentes y costas; confirmado por el acta del 14 de julio de 2023) | Manuel Ramírez Candia y César Antonio Garay | 14 |
El dictamen DGAL de fondo aconsejaba no hacer responsable al fiscal; el Jurado lo apercibió, y Rivas, como presidente, votó el apercibimiento en contra del dictamen (coincidió con él sólo en rechazar la extinción y los hechos nuevos).
| Documento | Proponía | ¿Lo reproduce la resolución? |
|---|---|---|
| Dictamen de la Dirección de Asuntos Legales Mgtr. Amy Beverlyn Lezcano Jara, Directora General de Asuntos Legales | Aclarar de oficio el A.I. 463/2022 para que admita las pruebas de ambas partes. No trata el fondo. | no |
| Dictamen de la Dirección de Asuntos Legales Mgtr. Amy Beverlyn Lezcano Jara (Directora General de Asuntos Legales) y Abg. Raúl Cáceres (Director de Asesoría Jurídica) | El plazo del art. 33 de la Ley 6814 vence el 27 de julio de 2023 (no hay extinción); el incidente de hechos nuevos es extemporáneo; en el fondo, no hay certeza de mal desempeño del fiscal Óscar López Laterza, así que no corresponde responsabilidad (absolución). | parcial |
Celia María Galli Samaniego c/ Abg. OSCAR LOPEZ LATERZA, Agente Fiscal de la Unidad Penal N° 01, Barrial N° 08 de la Capital s/ Enjuiciamiento
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